El derecho foral de Mallorca

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    «El autor, en esta obra que presentamos, se lamenta de la solución dudosa que representan los artículos 148 y 149 de la Constitución española, tanto en lo referido a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, como debido a la falta de concreción del concepto materia civil; conceptos, al entender del notario Clar, que tuvieron que adoptarse en aras del consenso.

    El autor no se conforma con el relato de las fuentes históricas de nuestro Derecho Civil y la explicación de las distintas instituciones que regula la vigente Compilación de Baleares, sino que nos ofrece una reflexión sobre el futuro de nuestro Derecho. En este punto dos son las cuestiones que le preocupan: 1) A corto plazo, ¿cuál será la labor legislativa del Parlamento Balear? 2) A más largo plazo, ¿cuál será el resultado de la pretendida unificación del Derecho privado europeo?». (De la presentació de María Pilar Ferrer Vanrell.)

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